Se debe enviar un ejemplar a la SUNAT en la fecha de emisión consignada en la factura electrónica o en la nota electrónica vinculada a la factura electrónica. El emisor tiene un plazo máximo de 7 días calendario contados a partir del día de emisión para hacer el envío. Respecto a lo mencionado,cuando emito la factura electrónica a través de la clave sol, luego como informo a SUNAT.
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